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La Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) determinó que no es procedente dar trámite a las demandas presentadas.

La Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) determinó que no es procedente dar trámite a las demandas presentadas por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), entre otros, que buscaban frenar los acuerdos del INE para iniciar con el proceso electoral del Poder Judicial.

Expone que el titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del CJF realizó una serie de manifestaciones encaminadas a desvirtuar un acuerdo previo de la Sala Superior en el que determinó que estos asuntos no eran procedentes.

El CJF planteó que la determinación del TEPJF no es correcta, ya que, el CJF ´actúa´ en representación del PJF, así como en ejercicio de acciones en representación de Magistrados de Circuito y  Jueces de Distrito, que se encuentran en funciones al cierre de la convocatoria que emita el Senado.

En respuesta, el Tribunal Electoral subraya que “las sentencias dictadas por esta Sala Superior no son susceptibles de ser impugnadas mediante juicio, recurso o algún medio de impugnación, al no existir la posibilidad jurídica ni material para que esta autoridad jurisdiccional pueda confirmar, modificar o revocar sus propias resoluciones”.

« El Universal »

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