Los ministros determinaron que la invalidez tiene efectos generales y no solamente los de competencia del Inai
CIUDAD DE MÉXICO.
El Universal
Por mayoría de seis votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó invalidar en su totalidad el acuerdo presidencial del 22 de noviembre de 2021, en el que instruía a las dependencias y entidades de la administración pública federal a realizar acciones en relación con los proyectos y obras del gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional.
En tanto la Corte estableció dar efectos generales y no solamente en materia de transparencia y acceso a la información.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, dijo que el acuerdo invalidado fue expedido por el Poder Ejecutivo, que es la parte demandada en la controversia y dicho acuerdo se encontraba dirigido, a manera de instrucción, hacia las dependencias y entidades de la administración pública federal.
“Así pues, si el efecto de la sentencia es invalidar el acuerdo respecto al Poder Ejecutivo y el acuerdo iba dirigido a las dependencias y entidades que son parte del Ejecutivo, el acuerdo se invalida en su totalidad”, enfatizó.
El pleno de la SCJN aceptó la propuesta para eliminar por completo el acuerdo, que fue impugnado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai). Los ministros Juan Luis González Alcántara, Luis María Aguilar, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez, Ana Ríos Farjat y la ministra presidenta, Norma Piña, votaron para que la invalidez del acuerdo fuera general.
En contra votaron los ministros Arturo Zaldívar, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz. El ministro Pérez Dayán señaló que el Ejecutivo trató de explicar este trato preferencial a sus obras bajo la perspectiva de interés público y de seguridad nacional.
Abundó que esto motivó a que el Inai presentara una controversia para expresar su inconformidad con una decisión de esta naturaleza, al considerarla invasiva de sus facultades.
El ministro Pardo Rebolledo, quien también votó en contra, expresó que la declaratoria de invalidez del acuerdo es solamente para el Inai, al que se le violentaron sus facultades o ámbito de competencia.
“Esa es la diferencia entre efectos generales y efectos entre partes”, dijo.
Aguilar Morales, quien votó a favor, enumeró las secretarías que fueron parte en esta controversia, entre ellas las secretarías de Gobernación, de la Defensa Nacional, de Marina, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Hacienda y Crédito Público, de Bienestar y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
El jueves 18 de mayo, la Corte declaró inválido el acuerdo presidencial que declaraba a las obras y proyectos prioritarios como de interés público y de seguridad nacional con ocho votos a favor y tres en contra.