Seguridad

Extorsión Sí es un Delito Grave

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Sin Fianza y posible Libertad

Ciudad Juárez/3NVivoJRZ

Bernardo Javier GARCIA MEDINA

Para los legisladores en Chihuahua, la extorsión es un delito muy grave y debe castigarse como tal.

De ahí que sesionando en la mejor frontera del país, aprobó modificaciones para lograrlo.

Por unanimidad, los 30 legisladores, aprobaron en su sesión ordinaria de ayer, una reforma al Código Penal y los procesados por extorsiones no puedan recibir beneficios ni puedan obtener amparos o libertad.

Se trata de no permitirles una reducción en sus penalidades, pues la extorsión es un delito ofensivo en muchos frentes a la sociedad.

Durante la sesión se dejó en términos iguales el artículo 375 del Código Penal del Estado de Chihuahua hasta en tanto no se cambie el contexto y antes de que se publique en el Periódico Oficial y entren en vigencia las modificaciones respectivas.

La juarense y presidenta del Congreso Adriana Terrazas fue quien presentó la iniciativa ante el pleno el decreto de modificación.

En su exposición de motivos la presidenta del Congreso, estableció que en lo referente a la extorsión es considerado como un delito poli ofensivo con penalidades de cinco a 30 años de reclusión.

De igual forma se impondrían de 100 a 800 días de multa a quien para obtener un lujo o provecho, distinto a lo establecido para el delito de amenazas, coaccione, amedrente a otro con causar daños morales, físicos o patrimoniales.

Ahora, se aumentará de 10 a 30 años cuando la extorsión se infrinja contra una persona con discapacidad, o tenga calidad de migrante, sea menor de edad, adulto mayor de 70 años, indígena o mujer embarazada.

El cuerpo del artículo 376 establece un incremento de 15 a 40 años de cárcel, cuando intervengan dos o mas personas bajo cualquiera de las formas de la modalidad de autoría; se emplee la violencia física en contra la víctima o se utilice cualquier tipo de arma o se instrumento algo peligroso.

Los diputados aprobaron sancionar mas drásticamente a quienes cometan este delito y porten algún uniforme, vestimenta o instrumentos de identificación de instituciones de seguridad pública o tenga relación o parentesco o negocios con el afectado.

Las modificaciones y castigos se aplicarán a quien lo haga dentro de un reclusorio, o quien sea, haya sido, o se ostente sin serlo como in5tegrante de alguna corporación o sewrvidor público.

En el segundo días de sesiones ordinarias, tendrá de Carácter Solemne, en virtud de recordar la gesta heroica en la toma y fundación de Ciudad Juárez.

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